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Diario "Crónica", Comodoro Rivadavia, Martes 8 de Octubre de 1974.-

Santa Cruz

El Poder Ejecutivo Nacional dispuso la intervención federal a esa Provincia

Jorge Cepernic y Eulalio Encalada

fueron separados de sus funciones

Intervención en Santa Cruz

"Ineficiencias en la Gestión Administrativa"

El Decreto fue refrendado por la presidente, María Estela Martínez de Perón. El interventor es el Dr. Augusto Pedro Saffores

 

 

   BUENOS AIRES (NA).-  La Presidente María Estela Martínez de Perón, intervino ayer, por Decreto bajo el cargo de "Ineficiencias en la gestión Administrativa" al Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Cruz y designó interventor de ese estado al Dr. Augusto Pedro Saffores, se anunció oficialmente. El anuncio de la intervención a Santa Cruz fue hecho poco después de una serie de reuniones, que en la mañana, la señora presidente mantuvo con ministros y secretarios del Poder Ejecutivo Nacional y en las que participaron los titulares de Defensa, Adolfo Mario Savino; de Economía José Ber Gelbard, de Relaciones Exteriores, Alberto Vignes e Interior Alberto Rocamora y el titular de la Cámara  de Diputados, Raúl Lastiri.

 

CONSIDERANDOS

 

   Los considerandos del Decreto de Intervención, que lleva el nº 1018, y que fue firmado por todos los ministros del gabinete, señala que en el ámbito provincial, la ineficiencia en la gestión administrativa y la falta de flexibilidad política, en el manejo de las relaciones con los demás poderes de las instituciones locales, provoca un entorpecimiento manifiesto en las tareas de gobierno.

   Sostiene más adelante que el gobierno central no puede asistir impasible a este tipo de situaciones, y responsabiliza al Ejecutivo santacruceño de avalar los designios de sectores minoritarios cuyo único propósito es abatir al Estado.

   La intervención al Poder Ejecutivo de Santa Cruz es el segundo acto de esta naturaleza dispuesto desde que la presidente de la Nación asumió al poder. Al mismo tiempo es la primer intervención dictada por Decreto. En las provincias de Córdoba, Formosa y Mendoza, actualmente intervenidas por el Poder Ejecutivo, esa sanción fue adoptada previa sansión de una ley que fue aprobada por el Parlamento.

   El Poder Ejecutivo tiene facultades para disponer la intervención federal a uno de los estados de la república, y hacer posteriormente la comunicación formal a ambas cámaras legislativas.

 

DECRETO

 

   El texto del Decreto de intervención dice: Considerando que el Gobierno Nacional en cumplimiento del mandato plebisitario del pueblo, tiene la obligación insoslayable de asegurar la concreción de los planes nacionales y provinciales de recostrucción y liberación, votados por la inmensa mayoría del país.

   Que en el ámbito provincial la ineficiencia en la gestión administrativa y la falta de sensibilidad política en el manejo de las relaciones con los demás poderes e instituciones locales, provoca un entorpecimiento manifiesto en la tarea de gobierno.

   Que el gobierno de la Nación, no puede asistir impasible a este tipo de situaciones, que al tiempo que demoran el cumplimiento del programa de construcción nacional sirven los designios de sectores minoritarios cuyo único propósito es abatir al Estado.

   Que el Poder Ejecutivo ha venido observando con creciente preocupación el progresivo deterioro que viene sufriendo la gestión política y administrativa de la provincia de Santa Cruz.

   Más adelante, el Decreto expresa:

   Que la constitución nacional al consagrar la forma republicana de gobierno impone al gobierno federal la obligación de amparar a las provincias cuando ha sido interrumpido el ejercicio popular de las instituciones cuyo goce efectivo ella garantiza (fallos: C. S. T 154. Pag. 192).

   Que el poder ejecutivo se Santa Cruz, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales no ha sabido garantizar el efectivo y regular ejercicio de las instituciones locales; que la situación existente en la provincia de Santa Cruz determina, pues, a este poder ejecutivo, a ejercitar la atribución que los artículos 5 y 6 que la constitución nacionala cuerdan al gobierno federal.

   Por ello la presidente de la Nación Argentina DECRETA:

   Art 1) Declárase intervencida la provincia de Santa Cruz.

   Art 2) Declárase la caducidad de los mandatos del señor Gobernador y del señor Vicegobernador, asumirá el poder ejecutivo de la provincia y la reorganizará el interventor federal, Dr. Augusto Saffores.

   Art 3) Por el ministerio del interior, se la impartirán al interventor federal las instrucciones a las que debe ajustar su cometido.

   Art 4) Dese cuenta oportunamente al honorable congreso de la Nación.

   Art 5) Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se tomarán de rentas generales, con imputación a la misma.

   Art 6) De forma.

 

DESIGNACIÓN

 

   El texto del decreto de designación del doctor Augusto Saffores como interventor federal en la provincia de Santa Cruz es el siguiente:

   La presidente de la Nación Argentina DECRETA:

   Art 1) Designase interventor federal en la provincia de Santa Cruz, al señor Doctor D. Augusto Pedro Saffores (M. I. 3.023.087).

   Art 2) De forma.-

 

 

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DECLARACION DEL COMITÉ PROVINCIAL SANTA CRUZ DEL PARTIDO COMUNISTA

 

   Las acciones terroristas consumadas contra militares y civiles de sentimientos democráticos, tienen la finalidad de confundir e intimidar al pueblo y obligar al gobierno para aislarlo del apoyo de masas, a adoptar medidas represivas contra la clase obrera que lucha por sus reivindicaciones y por la completa liberación nacional. Así lo confirma la legislación antisubversiva promulgada recientemente.

   En nuestra provincia, se busca crear un clima de incertidumbre capaz de poner en peligro la realización de los planes progresistas enunciados por las autoridades del gobierno provincial.

   En consecuencia, el Partido Comunista, repudia el atentado contra el diputado provincial doctor Marcelo Saa y otros perpetrados contra altos funcionarios y dirigentes populares y llama a las fuerzas políticas, democráticas y antiimperialistas, especialmente a la obrera de Santa Cruz, a manifestar su repudio y exigir se forme una comisión parlamentaria que dirija una investigación a fondo para descubrir y poner a disposición de la justicia, a estas bandas adiestradas por la CIA nortamericana cuyo objetivo central es dar un golpe de Estado para instalar una dictadura fascista al servicio de la oligarquía y el imperialismo, para anular la actual política internacional independientemente y demás medidas reformistas internas y especialmente, las conquistas logradas por la clase obrera y el pueblo argentino.

   Por todo ello, consideramos imperioso realizar una asamblea multipartidaria provincial, para elaborar una plataforma común y conformar una comisión coordinadora, con la cual podremos enfrentar esta grave situación.

   El Partido Comunista, declara estar dispuesto a asumir su parte de responsabilidad en todos los terrenos a fin de cumplir con los siguientes propósitos:

   1º) Enfrentar a quienes conspiran contra el pueblo y la nación. Impedir que un golpe de Estado reaccionario interrumpa la estabilidad institucional. Defender y ampliar los derechos del hombre y el ciudadano.

   2º) Asegurar la puesta en marcha de la plataforma mínima común a todos los partidos y fuerzas democráticas y antiimperialistas que contemplen aspiraciones y reinvindicaciones de las masas trabajadoras y se oriente a cambios progresistas en la estructura económico-social del país y de la provincia de Santa Cruz.

   3º) Aplicar consecuentemente la Ley contra el Desabastecimiento y el Agio, con amplia participación obreo-popular;

   4º) Asegurar la convocatoria y realización de la Convención Constituyente, que ha de sancionar una Constitución moderna y la realización normal ulterior de las elecciones de 1977.

 

 

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